Solicitud pensión por muerte CCSS

Conoce cómo solicitar la pensión por fallecimiento en Costa Rica, los requisitos, documentos necesarios, y todo sobre este trámite.

Solicitud de Pensión por Muerte en Costa Rica: Requisitos y Procedimientos

En Costa Rica, la pensión por muerte es un beneficio crucial que brinda apoyo económico a los familiares de una persona fallecida. Este beneficio es fundamental para ayudar a las familias a sobrellevar las dificultades económicas que pueden surgir tras la pérdida de un ser querido. En este artículo, exploraremos los requisitos necesarios para solicitar la pensión por muerte en Costa Rica, los documentos requeridos, quién tiene derecho a esta pensión, el plazo para solicitarla y cómo llevar a cabo el proceso.

 

Formulario pensión por muerte CCSS Costa Rica

Requisitos para Solicitar la Pensión por Muerte:

Para solicitar la pensión por muerte en Costa Rica, es necesario cumplir con ciertos requisitos establecidos por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Estos requisitos incluyen:

  • Parentesco : El solicitante debe ser un familiar directo del fallecido, como cónyuge, conviviente, hijos menores de 25 años, hijos con discapacidad, padres del fallecido o incluso hermanos en ausencia de todos los anteriores que dependan económicamente de él.
  • Cotizaciones : El fallecido debe haber cotizado 180 cuotas al régimen de pensiones de la CCSS al momento de su fallecimiento. El número mínimo es que haya cotizado en los 2 años anteriores a su muerte, 12 cuotas. Para consultar el histórico de cuotas puede verlo en la aplicación EDUS .
  • Fecha de Fallecimiento : La solicitud debe realizarse dentro de un plazo específico, generalmente de un año a partir de la fecha de fallecimiento. Es importante presentar la solicitud en tiempo y forma, ya que las solicitudes fuera de plazo pueden ser rechazadas.

Documentos Necesarios para Solicitar la Pensión por Muerte:

Para solicitar la pensión por muerte en Costa Rica, se requieren ciertos documentos que respalden la solicitud. Estos documentos pueden variar según el parentesco con el fallecido y las circunstancias particulares, pero generalmente incluyen:

  • Cédula de identidad vigente y en el caso de extranjeros deben presentar documento de identificación migratorio para extranjeros (DIMEX).
  • Certificado de defunción : Extendida por el Centro Hospitalario o Certificado de Defunción extendido por el Registro Civil.
  • Documento de relación familiar : En caso de que el solicitante no sea cónyuge, se requiere un documento que demuestre la relación familiar, como un acta de matrimonio o un certificado de convivencia, en el caso de convivientes.
  • Comprobantes de cotizaciones : Se deben presentar los comprobantes de cotizaciones al régimen de pensiones de la CCSS que respalden el tiempo de contribución del fallecido al sistema.
  • Si la persona fallecida era pensionada de otro régimen de pensiones, el solicitante debe aportar constancia que indique patronos y períodos tomados en cuenta para el otorgamiento de la pensión.
  • Prueba de dependencia económica : En el caso de padres, hijos con discapacidad o hijos menores de 25 años, es necesario demostrar la dependencia económica respecto al fallecido. Esto puede requerir documentos adicionales, como pruebas de estudios o certificados médicos en el caso de hijos con discapacidad, o incluso prueba testimonial de personas que supieran que el familiar dependía económicamente del fallecido.
  • Formulario de solicitud de pensión por muerte de la CCSS : Debe completarse y presentar el formulario de solicitud proporcionado por la CCSS, detallando la información requerida, según sea el caso: viudez, orfandad, padre/madre o hermanos de la persona fallecida.
  • Número de cuenta bancaria donde desea que le ingresen la pensión.

Formulario de solicitud de pensión por muerte de la CCSS para cónyuge o conviviente con o sin hijos

Formulario de solicitud de pensión por muerte de la CCSS para hijos o hermanos mayores de edad.

Formulario de solicitud de pensión por muerte de la CCSS para padres

Formulario de solicitud de pensión por muerte de la CCSS para excónyuge (Divorcio)

– Solicitud para hijos o hermanos mayores de edad: aparte de los requisitos generales deberá presentar los siguientes:

  • Presentar constancia de estudio extendida por el centro educativo respectivo, que indique el período académico matriculado al momento del deceso.
  • Los huérfanos o hermanos que van a solicitar pensión por su condición de invalidez deberán indicar el centro o centros de salud de la CCSS donde lleva el control de sus patologías, para que la Unidad Administrativa solicite el protocolo de referencia digital.
  • En aquellos casos donde el control es a nivel de centro médico privado o en el INS, deberá aportar copia certificada del expediente clínico de esas entidades.

– Solicitud pensión para padres: aparte de los requisitos generales deberá presentar los siguientes:

  • Los padres que van a solicitar pensión por su condición de invalidez deberán indicar el centro o centros de salud de la CCSS donde lleva el control de sus patologías, para que la Unidad Administrativa solicite el protocolo de referencia digital.
  • En aquellos casos donde el control es a nivel de centro médico privado o en el INS, deberá aportar copia certificada del expediente clínico de esas entidades.

– Solicitud pensión para cónyuge/pareja supérstite con y sin hijos: aparte de los requisitos generales deberá presentar los siguientes:

    • En caso de separación de hecho o judicial, aportar constancia de pensión alimentaria emitida por la Instancia Judicial respectiva que indique expresamente quienes fueron los beneficiarios y si al momento del fallecimiento el pago estaba vigente.

– Solicitud de pensión para excónyugue (divorcio): aparte de los requisitos generales deberá presentar los siguientes:

  • Debe aportar constancia de pensión alimentaria emitida por la Instancia Judicial respectiva que indique expresamente quienes fueron los beneficiarios y si al momento del fallecimiento el pago estaba vigente.

Se deben adjuntar los requisitos según corresponda, por correo electrónico en la siguiente dirección ivm-servicios@ccss.sa.cr. La documentación se puede remitir escaneada o por medio de imágenes. En caso de la documentación emitida con firma digital debe adjuntarse en formato que permita verificar la validez de la firma.

Quién puede Solicitar la Pensión de un Fallecido:

La pensión por muerte en Costa Rica debe ser solicitada por un familiar directo del fallecido que cumpla con los requisitos establecidos. Esto generalmente implica que el cónyuge, conviviente, hijos menores de 25 años, hijos con discapacidad, o padres que dependan económicamente del fallecido pueden presentar la solicitud.

En casos donde varios familiares cumplan con los requisitos, es importante que se llegue a un acuerdo para determinar quién presentará la solicitud. La CCSS no otorgará la pensión a múltiples solicitantes, por lo que es fundamental coordinar este proceso.

Quién Tiene Derecho a la Pensión de un Fallecido en Costa Rica:

El derecho a la pensión por muerte en Costa Rica se otorga a los familiares directos del fallecido que dependían económicamente de él. Esto incluye:

  • Cónyuge o conviviente : El cónyuge legalmente casado o la pareja de hecho del fallecido que haya convivido con él durante al menos tres años.
  • Hijos menores de 25 años : Los hijos menores de 25 años del fallecido tienen derecho a la pensión si cumplen con los requisitos establecidos.
  • Hijos con discapacidad : Los hijos con discapacidad que dependían económicamente del fallecido también pueden solicitar la pensión.
  • Padres del fallecido : En algunos casos, los padres que dependían económicamente del fallecido pueden ser elegibles para la pensión por muerte.
  • Hermanos o hermanas del fallecido de dependían económicamente del fallecido, en caso de no existir ningún familiar anterior.

Plazo para Solicitar la Pensión por Fallecimiento:

Es importante destacar que la solicitud de la pensión por muerte debe presentarse dentro de un año a partir de la fecha de fallecimiento del ser querido. Cumplir con este plazo es esencial, ya que las solicitudes presentadas fuera de este período pueden ser rechazadas por la CCSS. Por lo tanto, se recomienda que los familiares interesados ​​actúen con prontitud para asegurarse de no perder este beneficio crucial.

Proceso para Tramitar la Solicitud de la Pensión por Muerte:

El proceso de solicitud de la pensión por muerte en Costa Rica implica varios pasos que los familiares deben seguir. A continuación, se detalla el procedimiento general:

  • Recolección de Documentos : El primer paso es reunir todos los documentos necesarios, incluyendo la cédula de identidad, el certificado de defunción, los comprobantes de cotizaciones, el documento que acredita la relación familiar y
  • Presentación de la Solicitud : Una vez que se hayan recopilado todos los documentos, el solicitante debe presentar el formulario de solicitud de la CCSS en la oficina regional correspondiente. Es importante asegurarse de que la solicitud esté completa y de que se hayan adjuntado todos los documentos requeridos.

Entrar en la página web oficial de la CCSS

  • Ya en la web oficial de la CCSS, haz clic en «Trámites» y te aparecerá esta pantalla:

Solicitar pensión por muerte Costa Rica

  • Aparecerá un listado con todos los trámites, busca «Solicitud pensión por muerte» y haz clic en «Solicitud pensión por muerte» tal como aparece en la pantalla que te muestro:

Solicitud pensión por muerte Costa Rica

 

  • Puedes presentar la solicitud junto con la documentación en el correo electrónico ivm-servicios@ccss.sa.cr y de forma presencial en la Gerencia de Pensiones: Edificio Jorge Debravo, Subárea Plataforma de Servicios, Área Gestión Pensiones IVM. en Costa Rica»

  • Evaluación y Procesamiento : La CCSS llevará a cabo una evaluación de la solicitud y los documentos presentados. Este proceso puede llevar algún tiempo, y la CCSS revisará minuciosamente la elegibilidad del solicitante.
  • Notificación de Aprobación o Rechazo : Una vez que se haya completado la evaluación, la CCSS notificará al solicitante si la solicitud ha sido aprobada o rechazada. En caso de aprobación, se proporcionarán detalles sobre la pensión, incluyendo el monto y la forma de pago.

Tiempo Estimado para el Trámite:

El tiempo estimado para el trámite de la solicitud de pensión por muerte puede variar según la carga de trabajo de la CCSS y la complejidad de cada caso.

En promedio, el tiempo de respuesta de las resoluciones de pensión por muerte cuando no se requiere de elaboración de Informe de Trabajo Social es de 25 días promedio a nivel nacional. Cuando el caso amerita contar con Informe de Trabajo Social el tiempo de respuesta es de 90 días aproximadamente, por lo que es importante tener paciencia y seguir de cerca el estado de la solicitud.

La pensión por muerte en Costa Rica es un recurso valioso que brinda apoyo económico a los familiares de una persona fallecida. Para acceder a este beneficio, es esencial cumplir con los requisitos establecidos, presentar los documentos necesarios dentro del plazo establecido y seguir el proceso de solicitud con cuidado.

Si cumples con los requisitos y sigues los pasos adecuados, la pensión por muerte puede ser una fuente de estabilidad financiera en momentos difíciles.

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